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Redacción PERÚ21

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Fabiana Sánchezfsanchez@peru21.com

Si necesita que alguien lo represente en instancias judiciales o en el trámite de compra de una vivienda o de un auto, puede otorgar un poder a esa persona.

La diferencia con una carta poder simple es que esta última se utiliza solo para trámites sencillos como el recojo de documentos.

DETALLESEn cambio, el poder transfiere autoridad para realizar diversas gestiones administrativas y legales.

Es elaborado por un notario y debe ser elevado a escritura pública en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (). Se tiene que precisar cuáles son las facultades que se le designarán al apoderado.

"Será firmado por la persona que otorga esta autorización", explica la Sunarp.

No se necesita una minuta para que se conceda esta autorización.

El notario es el único autorizado a presentar la escritura pública ante los registros públicos.

"Esta parte del procedimiento ha cambiado, pues en el pasado cuando el interesado traía el documento, se producían algunos fraudes. Ahora queremos evitarlo", asegura la entidad.

1. ValidezEl notario enviará el poder en escritura pública indicando hasta cuándo tiene validez el documento.

2. CopiaAl presentar la escritura pública, debe incluirse la copia del DNI de la persona que entrega el poder.

3. CambioSi la Sunarp observa una irregularidad, devolverá el documento para que se haga el cambio

4. TiempoLos Registros Públicos tienen 48 horas para devolver el documento al notario con su aprobación.

5. AlóLas personas que quieran pedir más información pueden llamar a ALÓ Sunarp (0800-27164).