¿Cómo determinar si el monto depositado de la gratificación por Fiestas Patrias es el correcto?

Quienes laboraron el semestre completo no tendrán complicaciones para saber cuánto les depositarán, pero para los que trabajaron menos tiempo les ayudaremos con la ecuación respectiva.
El 15 de julio vence el plazo para el depósito de la gratificación por Fiestas Patrias. (Foto: Andina)

Este lunes 15 de julio vence el plazo para que las empresas del régimen privado depositen la a sus empleados por .

El monto por dicho concepto equivale a un sueldo, más el 9% adicional correspondiente a un bono, siempre y cuando el colaborador haya laborado el semestre completo; es decir, de enero a junio de 2019.

Si trabajaste menos de ese periodo, no te preocupes; igual recibirás la sexta parte de tu remuneración computable multiplicada por cada mes laborado.

Cabe precisar que el bono extraordinario será de 9% si el empleador paga para o el 6,75% si el trabajador está afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS).

Si no laboró el semestre completo, igual le corresponde un porcentaje. (Foto GEC)

¿Cómo saber el monto exacto que recibiré?

Para quienes hayan trabajado el semestre completo es fácil: un sueldo íntegro, más el 9% o 6,75%, según corresponda, de bono

Sin embargo, a las personas que laboraron menos tiempo se les hará un poco complicado calcular cuánto les corresponde; pero no se preocupen porque le daremos la ecuación para que saquen el monto exacto.

a) Sueldo íntegro ÷ 6 x Meses laborados [Monto equivalente a la remuneración]
b) Sueldo íntegro x 9 ÷ 100 [Bono si es de EsSalud]
Sueldo íntegro x 6,75 ÷ 100 [Bono si es de EPS]

GRATIFICACIÓN TOTAL DE JULIO: a + b

Ejemplos:

1. Si su remuneración bruta es S/ 2.300 y laboró tres meses (de abril a junio), y además su empleador paga a EsSalud, realice la ecuación:

a) Primero divida: 2.300 ÷ 6 = 383,333
    Luego multiplique: 383,33 x 3 = 1.150 [Monto del sueldo]
b) Realice la otra operación: 2.300 x 9 = 20.700
    Después divida: 20.700 ÷ 100 = 207 [Bono por EsSalud]

GRATIFICACIÓN TOTAL: 1.150 + 207 = S/ 1.357

2. Si su remuneración bruta es S/ 2.300 y laboró tres meses (de abril a junio), pero usted paga EPS, realice la ecuación de la siguiente manera:

a) Primero divida: 2.300 ÷ 6 = 383,333
    Luego multiplique: 383,33 x 3 = 1.150 [Monto del sueldo]
b) Realice la otra operación: 2.300 x 6,75 = 15.525
    Después divida: 15.525 ÷ 100 = 155,25 [Bono por EPS]

GRATIFICACIÓN TOTAL: 1.150 + 155,25 = S/ 1.305,25

* Para ambo casos, si tiene asignación familiar, antes de hacer la ecuación sume ese monto al sueldo íntegro y luego proceda con todos los pasos.

Las empresas que incumplan con depositar la gratificación serán multadas. (Foto GEC)

¿Qué hago si no depositan la gratificación o el monto completo?

En caso tu empleador no haya depositado el dinero correspondiente a la gratificación de julio, recibirá una multa que podría llegar hasta los S/ 94.500. Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), las sanciones económicas serán diferenciadas; por ello, para determinar el monto se tendrá en cuenta el número de trabajadores afectados y el sector al que pertenece la empresa.

Pero ¿qué sucede si realizaron el depósito, pero este no es el correcto? Puedes reclamar mediante una carta al área correspondiente, de acuerdo al organigrama de su organización encargada de esos pagos.

Debido a la importancia de la gratificación, el documento debe ser atendido por la empresa de inmediato, caso contrario puedes presentar una denuncia ante la (Sunafil) para que subsane su falta y cumpla con el pago.

Si una vez finalizada la inspección, los inspectores laborales se percatan de la falta de pago, emitirán un requerimiento a la empresa otorgándoles un plazo.

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