(Perú21)
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Redacción PERÚ21

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Fabiana Sánchezfsanchez@peru21.com

Si durante 2012 trabajó como independiente o alquiló un bien mueble o inmueble y recibió ganancias por más de S/.31,938, deberá declarar el impuesto a la renta ().

Arturo Prado, representante de Servicios al Contribuyente de la , comenta que este trámite y el pago del impuesto que adeude se puede hacer por Internet para ahorrar tiempo. Para empezar con la operación, ingrese a la web y registre su utilizando su clave SOL.

Prado refiere que las personas naturales tienen dos opciones para presentar esta declaración: la Simplificada (Formulario Virtual N° 681) o el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 681.

El Formulario Virtual se fue alimentando con la información que brindó el contribuyente sobre los pagos a cuenta, las retenciones y las ganancias en el transcurso del año. Solo queda confirmar que la información es correcta y el sistema genera el monto que se debe tributar.

El PDT se utiliza cuando la persona no informó a la Sunat sobre sus ganancias o retenciones, o va a declarar otras rentas, como sus ganancias en la venta de acciones.

MEDIOS Y PAGOSLuego de completar la opción de declaración, tiene que realizar el pago del impuesto que adeude.

Prado sostiene que este desembolso lo puede hacer a través de un cargo a cuenta en el Banco de Crédito, Scotiabank, Interbank, Continental o BanBif.

Otra de las opciones es mediante una tarjeta de débito o de crédito Visa.

Las personas que no presenten su declaración recibirán una sanción de media UIT (S/.1,850).