(USI)
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Redacción PERÚ21

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La (ONP) y el realizarán de manera conjunta la verificación de supervivencia de más de 400,000 pensionistas en todo el país, a fin de constatar que el dinero es entregado a quienes verdaderamente les corresponde.

Según informó la ONP, la constatación se hará a las personas que reciben su pago a través de la modalidad de abono en cuenta. El primer tramo del proceso será de octubre a noviembre de 2012, mientras que el segundo se realizará de enero a febrero del 2013.

A cada pensionista se le programará un mes específico para dicho procedimiento. Desde el 4 de octubre, cuando utilicen los cajeros automáticos para hacer el retiro de su pensión, la pantalla les mostrará el siguiente mensaje: "Acercarse a retirar por ventanilla en cualquier agencia del Banco de la Nación".

Por única vez en el año, el pensionista deberá presentarse en cualquier ventanilla de atención preferente de la red de agencias del banco estatal portando su tarjeta Multired y su DNI para realizar la correspondiente identificación.

En ese momento podrá retirar sus fondos de forma inmediata. Al día siguiente de realizada dicha verificación, el pensionista estará habilitado para efectuar sus retiros en los cajeros Multired con absoluta normalidad.

A fin de que los pensionistas puedan conocer con la debida anticipación el mes en que se les ha programado su verificación, la ONP brindará ayuda personalizada a través de su central telefónica 595-0510 para Lima y 0-801-12345 para provincias, o en la web , donde podrán hacer sus consultas con el número de su DNI o con sus nombres y apellidos.

En caso de que el titular no pueda acercarse personalmente a una agencia del Banco de la Nación, se debe nombrar un apoderado para que realice el cobro de su pensión, previo registro del poder en cualquier oficina de atención al público de la ONP más cercana a su domicilio.

De lo contrario, solicitar ante la ONP el cambio a la modalidad de pago a domicilio (en caso de enfermedad o edad avanzada), debiendo presentar la documentación respectiva (certificado médico).

Si vive en el extranjero, deberá presentar un certificado de supervivencia emitido por la oficina consular peruana del país de residencia, el cual debe ser refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú.