El órgano electoral cuestionó que el Movadef se guíe por el ‘Pensamiento Gonzalo’. (USI)
El órgano electoral cuestionó que el Movadef se guíe por el ‘Pensamiento Gonzalo’. (USI)

Redacción PERÚ21

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El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del (JNE) rechazó la inscripción del (Movadef), debido a que incumplió con los requisitos formales que exige la Ley de Partidos Políticos, además que tiene observaciones de no compromiso con el orden democrático.

En ese sentido, el ROP detalla las observaciones subsanables detectadas: la doble afiliación de sus miembros, el incumplimiento del número de comités partidarios requeridos (solo 25 están hábiles de los 65 requeridos), además que en 13 casos no existen las direcciones señaladas de los mencionados comités.

Igualmente, luego de analizarse el estatuto, se advierte que no se precisa la forma de elección de sus representantes, quiénes van a elegirlos y el quórum necesario para que sea válida la elección.

Según la resolución, el también señala en su estatuto que la renuncia de los afiliados será evaluada por un órgano, contraviniendo el artículo 18 de la Ley de Partidos Políticos.

Respecto al 'Pensamiento Gonzalo', el ROP hace un mayor análisis del derecho de inscripción del Movadef y ratifica que atenta contra el principio democrático.

De acuerdo a ley, la mencionada organización política tiene cinco días hábiles para apelar la resolución.