Tribunal Constitucional reconoció que transexuales tienen derecho a pedir cambio de sexo en su DNI. (USI)
Tribunal Constitucional reconoció que transexuales tienen derecho a pedir cambio de sexo en su DNI. (USI)

Redacción PERÚ21

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El reconoció el derecho de la identidad de género y aclaró que el transexualismo no pertenece a ningún tipo de patalogía. Así lo informó el diario oficial El Peruano mediante la STC Nº 06040-2015-PA/CT que deja sin efecto la STC Nº 0139-2013-PA/TC que señalaba el sexo de una persona era inmutable.

El Tribunal Constitucional explicó que el sexo de una persona no siempre debe ser definido en función de sus genitales, ya que respondería a un "determinismo biológico" que reduciría la naturaleza humana a tan solo la existencia física.

Dicha reducción dejaría de lado que los seres humanos también contamos con un lado "psíquico y social". Por lo que de ahora en adelante, los jueces podrán ordenar la inscripción del cambio de sexo en el Documento Nacional de Identidad (DNI).

Cambio de sexo solo se hace por mandato judicial

Pese a este fallo a favor de la comunidad transgénero, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) aclaró que el cambio de género en el documento de identidad solo puede variar como pedido de una sentencia emitida por el Poder Judicial.

El organismo público precisó que la información incluida en el DNI es tomada de la partida de nacimiento y, cuando esta presenta una rectificación en lo que concierne a nombre y sexo, debe haber sido dispuesta por el mandato de un juez, de lo contrario no podrá cambiarse.

Como se recuerda, el Reniec ha modificado anteriormente el nombre y el sexo que figuraban en el DNI de ciudadanos peruanos, como Néstor Harry Cárdenas Calderón y Sergio Vinicio Cava Goicochea –que pasaron a llamarse Naaminn y Fiorella, respectivamente–, después de que culminaran procesos judiciales promovidos por los interesados.