Redacción PERÚ21

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El Pleno del (TC) declaró fundada, por unanimidad, la demanda de amparo de una practicante de un estudio jurídico que hace 13 años denunció a un abogado y compañero de trabajo por el delito contra la libertad sexual.

La demandante refiere que, "luego de participar en una reunión social y habiendo quedado inconsciente por el consumo de alcohol", fue víctima de violación sexual por parte del abogado con quien laboraba en aquel momento.

La mujer lo denunció ante el , presentando la
documentación de la asistencia médica que recibió inmediatamente después de ocurrida la agresión sexual y que da un diagnóstico positivo

Asimismo, adjuntó una cinta magnetofónica que contiene una conversación con su presunto victimario quien habría reconocido su responsabilidad.

A pesar de ello, la resolvió que no había mérito para formular denuncia penal contra el imputado y archivo la denuncia. Sin embargo,  el Tribunal Constitucional señaló hoy que no se fundamentó de manera suficiente por qué se dejó de lado las conclusiones médicas objetivas.

En consecuencia, el Tribunal Constitucional declaró nulo los dictámenes fiscales y ordenó al Ministerio Público emita un nuevo dictamen. "(...) Toda decisión que carezca de una motivación adecuada, suficiente y congruente, constituirá una decisión fiscal arbitraria y, en consecuencia, será inconstitucional”, precisa la sentencia.