Sunat detalló sobre el proceso de devolución de impuestos pagados en exceso. (Foto: GEC)
Sunat detalló sobre el proceso de devolución de impuestos pagados en exceso. (Foto: GEC)

Laprecisó que las personas naturales que presenten su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 y soliciten la devolución de impuestos pagados en exceso, o aquellos trabajadores en planilla a quienes se les devolverá de oficio por haber realizado gastos deducibles, podrán recibir esa devolución directamente en sus cuentas de ahorros, si registran previamente su Código de Cuenta Interbancario (CCI).

Además, la entidad remarcó que las personas también podrán recibirlo de esa manera si su empleador cumple con comunicar el CCI, a través de la planilla electrónica.

“El depósito en cuenta es la forma más rápida y conveniente de recibir la devolución, porque ya no se requiere acudir al Banco de la Nación para hacerla efectiva, como sucede cuando el reembolso se emite mediante una Orden de Pago Financiera (OPF) o a través de un cheque”, indicó la Sunat.

Con esa finalidad, aquellas personas naturales que tienen RUC pueden registrar su CCI ingresando a Sunat Operaciones en Línea con su clave SOL, luego acceder a la opción Otras Declaraciones y Solicitudes, dar clic a la opción Mis Devoluciones / Devoluciones y, posteriormente, seleccionar Código de Cuenta Interbancario.

Para los que no cuentan con RUC, el registro se inicia en la opción Obtener la Clave SOL por Internet, luego de lo cual se debe completar en el formulario los datos requeridos incluyendo el CCI.

Para que sea válido el registro del CCI, la cuenta debe ser en moneda nacional, pertenecer al beneficiario de la devolución y no debe corresponder a una cuenta de CTS. La devolución con abono en cuenta no aplica en el caso de 30 entidades financieras, tal como se detalla en el siguiente .

La Sunat recordó a los empleadores que tienen la obligación de comunicar el número de cuenta y la empresa del sistema financiero en el cual realizan el abono de la remuneración a sus trabajadores, información que sirve para efectuar devolución que le corresponda al trabajador.

Finalmente, enfatizó que la devolución de oficio se iniciará una vez culminada la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, es decir a partir del 9 de abril.

La Sunat señaló que si la persona desea más información o asistencia, puede comunicarse con la Central de Consultas al número 0-801-12-100, al (01) 315-0730 o *4000, visitar el portal: o acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio.

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