Reniec
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El (Reniec) informó que apeló la decisión del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la , que ordenó a la entidad implementar un procedimiento que permita el cambio de prenombres, sexo y demás datos de las personas trans e intersexuales en el (DNI).

Con todas las atribuciones se ha apelado la decisión del Poder Judicial. ¿Qué significa apelar? Que esto se va a elevar a otra instancia, puede ser a una Sala Superior de Lima que si lo que dice este juez se aplica o no”, declaró el jefe de Imagen Institucional de Reniec, Benito Portocarrero a ‘América Noticias’.

Asimismo, Benito Portocarrero sostuvo que la decisión de apelar no responde a un acto de discriminación, sino que el tema es un “caso de leyes” que lo debe ver el Congreso de la República.

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Administrativamente cambiemos los nombres, sexos de personas trans, eso se hace vía judicial que efectivamente es largo. Hay procedimientos que no lo decide el Reniec ni el Poder Judicial, sino el Congreso que da las leyes, entonces se debe dar una ley”, resaltó.

Cabe mencionar que el Tercer Juzgado Constitucional Transitorio declaró fundada en parte la demanda de proceso de amparo de fojas interpuesta por S.Y.H.M contra el Reniec, su Procuraduría Pública y Essalud, por vulneración a sus derechos constitucionales a la identidad (de género), libre desarrollo de la personalidad y salud.

Por ello, el Poder Judicial ordenó al Reniec que, en el plazo máximo de un año, cumpla con implementar un procedimiento administrativo de acuerdo con los estándares fijados en el mencionado escrito.

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