Procesados por corrupción pagarán más por asesoría legal del Estado
Procesados por corrupción pagarán más por asesoría legal del Estado

Redacción PERÚ21

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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos () aprobó la tabla de aranceles para la prestación de los servicios no gratuitos de defensa pública, que establece que los procesados por corrupción paguen el monto máximo aplicable y que prioriza la atención gratuita a las personas de escasos recursos.

Tráfico de influencias, peculado, cohecho, colusión, malversación de fondos, abuso de autoridad y cobro indebido son algunos de los delitos cometidos por funcionarios públicos —cuyas sanciones contempla el Código Penal— a los que se aplicará el arancel máximo para acceder al servicio de en cualquier tipo de acción procesal, según el decreto supremo de la mencionada cartera ministerial

"El Minjus comienza así el cobro para casos de personas corruptas, entre otras, que, por maniobras judiciales, quieren que el Estado los defienda. Nuestra línea de trabajo es ahora, principalmente, la defensa de víctimas", expresó el ministro de Justicia, .

Cabe recordar que el artículo 17 de la Ley 29360, que regula el marco jurídico de este servicio, establece las razones por las que se deja sin efecto la gratuidad del mencionado asesoramiento, pero faltaba fijar los mecanismos de cobro.

El arancel para la prestación de defensa pública tiene como base de cálculo la . El pago del monto fijado se realizará antes de cada acción procesal de un abogado. Si no se cancela ese dinero, se añadirán los intereses legales correspondientes.

Las escalas del arancel, para que personas con recursos accedan al servicio de los defensores públicos, se dividen de acuerdo al nivel de ingresos o patrimonio de quien busca asistencia legal.

La escala 1 es para quienes tienen ingresos o patrimonio que van de S/.25 mil hasta S/.50 mil. Estas personas deberán pagar el 20% del arancel, según los montos establecidos para cada procedimiento.

Mientras que las escala 2 se refiere a personas con ingresos o patrimonio que van de S/.50 mil hasta S/.150 mil. Deberán abonar el 60% del arancel.

La escala 3 considera a quienes superan los S/.150 mil. Esos sujetos deberán pagar el íntegro de la cantidad fijada.