José Arrieta, abogado penalista. (Foto: Difusión).
José Arrieta, abogado penalista. (Foto: Difusión).

El abogado penalista explicó, en entrevista con Perú21TV, los alcances del proyecto de ley presentado en el Congreso que busca penalizar a los adolescentes desde los 16 años que cometan delitos graves, como sicariato, extorsión o pertenezcan a una banda criminal.

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¿Qué opina de este proyecto de ley que ha ingresado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos?

Tiene una serie de problemas que, lejos de contribuir a solucionar esta problemática, más bien la va a hacer recrudecer, porque no toma en cuenta que ya hay una responsabilidad penal, aunque especial, pero penal del adolescente, según el artículo primero del título preliminar del Decreto Legislativo 1348 que contiene el Código de Responsabilidad Penal del Adolescente.


¿Cuáles son sus otras observaciones?

Un segundo problema que tiene este proyecto de ley es que se parte de manera errada de que las sanciones que existen para los infractores a la ley penal, que se encuentran en ese rango de edad, son sanciones livianas, cuando este Código de Responsabilidad Penal del Adolescente establece que una persona, entre 16 y 18 años, que comete un delito tan grave como el sicariato, por ejemplo, puede llegar a pasar 10 años internado en establecimientos especiales para menores.

¿Esta norma colisiona con los derechos internacionales?

Sí, hay un problema con la Convención de Derechos del Niño de 1989. Es una convención que, si bien no establece de manera tajante una prohibición de modificar la edad a partir de la cual las personas pueden responder penalmente, sí dispone una serie de criterios generales, entre los cuales se encuentra que la edad mínima bajo la cual se presume que los niños no pueden infringir la ley penal debería ser inferior a los 18 años, porque el concepto de niño para esta convención es justamente una persona que tiene menos de 18 años.

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