Permiso de lunas polarizadas tendrá vigencia indeterminada. (USI/Referencial)
Permiso de lunas polarizadas tendrá vigencia indeterminada. (USI/Referencial)

Redacción PERÚ21

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El Decreto Legislativo 1310, publicado este sábado en las normas legales del Diario Oficial El Peruano, dispone que la autorización para el uso de u oscurecidas tendrá vigencia indeterminada y será entregada solo al vehículo y no al dueño de la unidad.

Usualmente la renovación del permiso de lunas polarizadas se hacía cada dos años y se debía entregar una serie de documentos y fotos del vehículo.

El artículo 7 del documento indica que se ha eliminado la autorización a choferes y/o dueños del carros, como se hacía antes, y si se cambia de propietario, se debe hacer un nuevo trámite.

Por otro lado, el Decreto Legislativo señala que para viajes de menores al extranjero, en caso de fallecimiento de uno de los padres o si el niño está reconocido por solo uno de ellos, el permiso notarial del padre sobreviviente tendrá vigencia indeterminada, a menos que sea revocado.

Viajes de menores

"En el permiso notarial debe constar haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente y debe indicar la vigencia indeterminada del documento", indica la norma que lleva las firmas del presidente Pedro Pablo Kuczynski y el titular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Fernando Zavala.

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