Estarán prohibidas las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de casos de COVID-19.  (Foto: Jesus Saucedo)
Estarán prohibidas las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de casos de COVID-19. (Foto: Jesus Saucedo)

El Gobierno oficializó este miércoles el retorno de la en Lima, Callao y otras regiones más desde el 31 de enero hasta el 14 de febrero a fin de mitigar los efectos del incremento de casos de coronavirus (COVID-19).

Mediante el , Lima Metropolitana, Lima regiones, Callao y otras regiones pasan al nivel de alerta extrema. Asimismo, otros departamentos ingresan a los niveles de alerta sanitaria Alta y Muy Alta, pero ninguna a nivel de alerta moderada.

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Nivel extremo:

Las regiones en este grupo son: Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac, Lima Provincia, Lima Metropolitana y Callao. En estas regiones habrá cuarentena total y solo una persona por familia podrá salir a realizar las compras. Las salidas peatonales serán solo una vez al día y por una hora, que serán de 6:00 a.m. a 6:00p.m.

Entre las otras restricciones es que el aforo en casinos, gimnasios, artes escénicas, el aforo será del 0%. También en tiendas generales como centros comerciales, galerías o tiendas por departamentos, donde solo se permitirá el delivery.

Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacia tendrán un aforo limitado del 40%. En tanto, los restaurantes solo serán por delivery. El ingreso a las iglesias tampoco estará permitido.

Nivel Muy Alto:

En este grupo están las regiones: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna. Dentro de las restricciones están que el toque de queda será de 8:00p.m. a 4:00 a.m.

Los sábados y domingos no se permitirá el uso de los autos particulares. Entra otras las otras restricciones que el transporte interprovincial terrestre será con un aforo del 50%. Los vuelos internacionales tendrán un aforo del 100%.

Sobre los aforos, las artes escénicas en espacios abiertos tendrán un aforo del 0%, en tiendas general (centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, el aforo será del 20% y se permitirá el delivery.

Los restaurantes funcionarán con un aforo del 30% al aire libre y se permitirá el delivery. Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias atenderán con un aforo limitado del 50%.

Nivel Alto

Las regiones que están dentro de este grupo son: Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín y Ucayali. El toque de queda será de 9:00 p.m. a 4:00 a.m. y los domingos estarán prohibidos el uso del auto particular.

Los casinos y tragamonedas, gimnasios, artes escénicas tendrá un aforo del 30%. En tanto, las tiendas en general como centros comerciales, tiendas por departamento atenderán con un aforo del 40% y se permitirá el delivery.

Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias atenderán con un aforo limitado del 50%. Los restaurantes con un 50% en zonas internas y 60% en aire libre.

Otras restricciones generales:

El mencionado decreto también señala que se suspende hasta el 28 de febrero de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de Europa, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares

También se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.

Además, estarán prohibidas las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19.

Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado.

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