Dispositivos deben ser instalados dentro y fuera de los locales. (Municipalidad de Miraflores)
Dispositivos deben ser instalados dentro y fuera de los locales. (Municipalidad de Miraflores)

Redacción PERÚ21

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Un total de 505 los establecimientos comerciales que cuentan con cámaras de vigilancia en , según lo estipulado en la ordenanza municipal N° 375, la cual establece la obligatoriedad de instalar este dispositivo.

La norma, publicada en marzo del 2012, señala que aquellos locales con un aforo de más de 30 personas, y con horario de atención después de las 11:00 p.m., y/o que se encuentren en calles principales, deben habilitar un sistema de video vigilancia con un mínimo de 2 cámaras de video (una en la entrada y otra en el interior), que tengan una capacidad de grabación para 48 horas. De lo contrario, se lea aplicará una multa de S/.950 soles.

Asimismo se deberán almacenar las imágenes por un mínimo de 60 días. De lo contrario, se les aplicará la misma sanción.