La iniciativa legislativa N.° 8166 busca modificar el inciso 2 del artículo 20 del Código Penal. (Foto:GEC).
La iniciativa legislativa N.° 8166 busca modificar el inciso 2 del artículo 20 del Código Penal. (Foto:GEC).

El (MP) rechazó el proyecto de ley que establece responsabilidad penal de los adolescentes desde los 16 años, por vulnerar los compromisos internacionales de protección a los menores de edad.

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La iniciativa del congresista Juan Burgos va contra la Convención de los Derechos del Niño que suscribió Perú en 1990, manifestaron en un comunicado la fiscal superior de Familia de Lima y coordinadora nacional del Programa Nacional Justicia Juvenil Restaurativa del Ministerio Público, los fiscales superiores, adjuntos superiores y provinciales de familia.

“El proyecto de ley vulnera los compromisos internacionales de defensa y protección de los derechos de los niños y adolescentes, asumidos por el Estado al suscribir, sin observaciones, entre otros, la Convención de los Derechos del Niño en 1990; en tal sentido, el Perú tiene la observación de aplicarla y garantizar la efectividad de todos los derechos reconocidos en ella a la población menor de edad del país”, detalla el comunicado.

¿QUÉ DICE EL PROYECTO DE LEY?

Con el fin de reducir la participación de menores de edad en delitos, el congresista de Podemos Perú, , presentó un proyecto de ley para penalizar a adolescentes desde los 16 años implicados en actividades de sicariato y banda criminal.

La iniciativa legislativa N.° 8166 busca modificar el inciso 2 del artículo 20 del 

Así, en el apartado de inimputabilidad se plantea que “no está exento de responsabilidad penal el adolescente que, a partir de los 16 años de edad, incurre en la comisión de delitos” contra la vida, el cuerpo y la salud (homicidio, sicariato), el patrimonio (robo agravado y extorsión), la tranquilidad pública (banda criminal) u otro sancionado con 25 años de cárcel o cadena perpetua.

El proyecto de ley fue derivado a la Comisión de Justicia para el debate respectivo.

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