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Redacción PERÚ21

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El publicó esta sábado la denominada Ley de Reconstrucción, que detalla los pasos que dará el Gobierno para hacer frente a los daños ocasionados por . El documento fue aprobado por el Congreso el pasado 25 de abril.

La norma fue publicada en las Normas Legales del diario El Peruano y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.

Por otro lado, la norma declara "prioritaria, de interés nacional y necesidad pública" la implementación y ejecución de un plan para la rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura de uso público en las zonas afectadas por los desastres.

La Ley establece que la totalidad de los recursos económicos se emitirán del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes), creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458.

Autoridad para la reconstrucción

El documento, como había adelantado el Ejecutivo, señala que el plan estará liderado por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, "de carácter excepcional y temporal", encargada de liderar e implementar las disposiciones.

"La Autoridad cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, constituyéndose como una unidad ejecutora, con la finalidad de realizar todas las acciones y actividades para el cumplimiento de sus objetivos", señala.

Este organismo tiene un plazo de tres años para cumplir con la reconstrucción del país, aunque este plazo puede ser prorrogado hasta por un año "previa sustentación del Presidente de Consejo de Ministros ante el Pleno del Congreso de la República, de los avances de la ejecución del Plan y de la necesidad de ampliación del plazo".

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