El embarazo continuará su curso debido al avanzado estado. (Foto referencial)
El embarazo continuará su curso debido al avanzado estado. (Foto referencial)

Redacción PERÚ21

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El Poder Judicial ordenó hoy al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil () inscribir a un matrimonio como los padres legales de mellizos que nacieron bajo la modalidad de vientre de alquiler.

La historia empieza cuando el matrimonio conformado por el señor de iniciales F.N. y la señora A.B. decidieron recurrir a un vientre de alquiler luego que la mujer se sometiera a diversas técnicas de reproducción que no dieron resultado.

En 2015, la mujer de iniciales E.R. aceptó llevar el embarazo del matrimonio, este cigoto estaba formado por el espermatozoide de F.N. y los óvulos de una donante anónima.

Cuando nacieron los mellizos en noviembre de 2015, el médico encargado en la Maternidad de Lima inscribió a la gestante como madre biológica, pese que no donó los óvulos, solo mantuvo el feto en su vientre y aclaró que era parte de una técnica de reproducción asistida (TERA).

Respecto al señor F.N. no hubo problemas pues fue inscrito como el apdre biológico. Así, el Reniec emitió las actas de los recién nacidos con los datos proporcionados por el personal de la Maternidad.

La lucha legal

El 4 de mayo del 2016, el matrimonio F.N. y A.B. junto a E.R. (quien llevó el embarazo) interpusieron una demanda de amparo contra el Reniec ante el Poder Judicial por el caso de la inscricpión, ya que la amiga de la pareja no tiene vínculos filiales ni biológicos con los mellizos.

El 21 de febrero, el Quinto Juzgado Constitucional de Lima falló a favor del amparo en primera instancia, pero Reniec apeló.

Hoy, la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la demanda en segunda instancia y declaró nulas las actas de nacimiento de los mellizos. El Reniec deberá emitir nuevas partidas en el plazo de dos días.