Grupo de Justicia tomó posición. (David Vexelman)
Grupo de Justicia tomó posición. (David Vexelman)

Redacción PERÚ21

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Siguen con la espada de Damocles. La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó la insistencia de la ley que modifica el artículo 162º del Código Penal –relativo a la difusión de comunicaciones interceptadas– y que por el Poder Ejecutivo.

La norma, conocida como la , sanciona con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años al que indebidamente interfiere, escucha o difunde una comunicación privada. Si la interceptación fuera de interés público, su difusión será determinada por un juez, previa evaluación.

Consultado respecto al tema, el parlamentario fujimorista indicó que, si bien el tema es complejo, su debate en el Pleno del Legislativo permitirá subsanar las dudas e interrogantes que pesan sobre el controvertido tema.