Algunos jabones antibacteriales serán retirados del mercado en un plazo máximo de un año. (USI)
Algunos jabones antibacteriales serán retirados del mercado en un plazo máximo de un año. (USI)

Redacción PERÚ21

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La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas () dispuso que los productos antibacteriales y de aseo personal (como los jabones) que contengan triclosán y triclocarbán sean retirados del mercado.

Así lo dio a conocer el mediante un comunicado, en el que señalan que el acuerdo se tomó en una reunión de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), a la que Perú pertenece.

El Indecopi, en su rol de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, informa a la ciudadanía que, de acuerdo a un comunicado emitido el 18 de setiembre, por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), se dio a conocer el porcentaje máximo permitido de triclosán y triclocarbán en los productos antibacterianos comercializados en el Perú.

Según el comunicado de Digemid se señala que:

• Triclosán: puede ser utilizado como preservante en una concentración máxima del 0,3% para dentífricos, pastillas de jabón, jabones líquidos y geles de ducha, desodorantes (no en aerosol), polvos faciales y cremas correctoras y productos para limpiar las uñas de manos y pies antes de colocar uñas artificiales; y con una concentración máxima del 0,2% para enjuagues bucales (Reglamento UE 358 del 09 de abril de 2014, que modifica el Reglamento CE 1223 del 30 de noviembre de 2009 en sus Anexos II y V).

• Triclocarbán: puede ser utilizado como preservante con una concentración máxima del 0,2%. También, permite un manejo de una concentración mayor, y sólo hasta el 1,5%, cuando el producto cosmético que lo contiene se retira con agua. (Reglamento CE 1223 del 30 de noviembre de 2009). En las condiciones de uso establecidas por la Unión Europea, el triclocarbán inhibe primariamente el crecimiento de bacterias gram-positivas, pero también de bacterias gram-negativas, lo que permite proteger la formulación cosmética de una contaminación microbiana”.

Asimismo, detalla que la reunión se llevó a cabo el 15 de setiembre 2017 y en ella, los miebros de la CAN acordaron que los productos antes mencionados “sólo podrán ser utilizados según la función y concentración” que se señaló anteriormente y que “el plazo para hacer efectivo este acuerdo es de un año”.