Primero sus unidades fueron retiradas de la av. Javier Prado, ahora Orión deberá respetar el medio pasaje. (USI)
Primero sus unidades fueron retiradas de la av. Javier Prado, ahora Orión deberá respetar el medio pasaje. (USI)

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Indecopi sancionó a y a otras seis empresas de transporte público de Lima por cobrar de manera incorrecta el medio pasaje a los estudiantes, incumpliendo así el deber de información e idoneidad en este servicio.

Las compañías en cuestión fueron Empresa de Transportes y Servicios Orión S.A., Empresa de Transportes y Service Canadá S.A., Consorcio Vía S.A.C., Empresa de Transportes Quinientos Cinco S.A., San Felipe Express S.A., Cooperativa de Servicios Especiales Transportes Sol y Mar Ltda. y Empresa de Transportes Señor del Mar S.A.

La Comisión de Protección al Consumidor N°2 sancionó a Orión y las demás referidas empresas con una multa total de 1,056.4 UIT (unidades impositivas tributarias), ya que infringieron los artículos 2° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Cabe indicar que una UIT equivale a S/.3,850.

Los montos de las multas se determinaron teniendo en cuenta la ganancia que habrían percibido las empresas de manera indebida, al no cobrar el medio pasaje conforme a ley.

Es importante precisar que el artículo 19° del Código, referido a la obligación de los proveedores, señala que estos responden por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos.

De igual forma, el artículo 2° del Código, refiere a la obligación de los proveedores, de brindar información a su público usuario sobre el costo del medio pasaje, la cual no resulta veraz para efectos de tomar una adecuada decisión de consumo.

TAGS RELACIONADOS