El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2025, mediante una Resolución Ministerial publicada este martes 14 de enero en el diario oficial El Peruano.
Este documento es importante para todos los choferes del país y los propietarios de autos, camionetas y cualquier vehículo automotor, pues podrán conocer cuánto gastarán este año en impuesto vehicular.
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Para establecer el valor referencial de los vehículos sujetos al impuesto cuyo año de fabricación sea anterior a 2022, se deberá multiplicar el valor del vehículo indicado para el año 2024 en la citada tabla por el factor correspondiente al año de fabricación, según la siguiente tabla:
El valor obtenido según este procedimiento deberá redondearse de la siguiente manera: A la decena superior si la cifra de unidades es igual o superior a Cinco Soles (S/ 5,00). A la decena inferior si la cifra de unidades es menor a Cinco Soles (S/ 5,00).
El resultado de la multiplicación entre el valor de referencia y el factor correspondiente al año de fabricación deberá redondearse al múltiplo de diez más cercano.
OJO CONDUCTORES
En los considerandos de la norma se señala que la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente debe aprobar el MEF, considerando un valor de ajuste por antigüedad del vehículo.
Para la determinación de los valores referenciales de los modelos y marcas de vehículos a considerarse en la tabla mencionada, se ha evaluado la información remitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como la información especializada del parque automotor en el Perú.
¿QUÉ ES EL IMPUESTO VEHICULAR?
El impuesto al patrimonio vehicular se aplica a la propiedad de automóviles, camionetas, station wagons, camiones, remolcadores o tracto camiones, buses y ómnibus; que se encuentren inscritos en la provincia de Lima, resaltó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima.
Los propietarios que han adquirido recientemente un vehículo nuevo, están en la obligación de realizar la declaración jurada ante el SAT de Lima, hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición, de lo contrario se generará una multa de hasta S/ 1,485 (30% de una UIT) y por declarar fuera de plazo.
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