Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el Decreto Supremo. (Getty)
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el Decreto Supremo. (Getty)

Redacción PERÚ21

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La rutina laboral merece una pausa. Es por eso existen los , para tomarnos un descanso y disfrutar de los amigos, familia o simplemente relajarse en casa sin estar preocupados por el trabajo o los estudios. En Perú, muchas veces, el Gobierne declara días no laborables cuando un feriado cae en fin de semana con el fin de promover el turismo nacional.

Es por ello que, por ejemplo, el feriado de Fiesta Patrias (28 y 29 de julio) irá complementado por días no laborables que se convierten finalmente en un fin de semana largo. Pero, ¿cuántos fines de semanas largos quedan en el 2019?

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 002-2019-PCM, publicado el pasado 4 de enero de 2019 en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, las horas no trabajadas durante los días no laborables, serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Asimismo, los días 26 y 27 de julio fueron declarados feriados no laborables por el inicio de los Juegos Panamericanos Lima 2019.

Entonces, estos son los fines de semanas largos que restan en el 2019:

JULIO

  • Viernes 26 de julio: Día no laborable por los Juegos Panamericanos Lima 2019 (desde el mediodía solo en Lima y Callao).
  • Sábado 27 de julio: Día no laborable por Lima 2019.
  • Domingo 28 de julio: Independencia del Perú.
  • Lunes 29 de julio: Fiesta de la Independencia del Perú.
  • Martes 30 de julio: Día no laborable decretado por el Gobierno.

AGOSTO

  • Jueves 29 de agosto: Día no laborable decretado por el Gobierno.
  • Viernes 30 de agosto: Festividad de Santa Rosa de Lima.

SETIEMBRE

  • No hay feriados este mes.
  • Por el momento no se dio a conocer si el Gobierno declarará algún Día no laborable.

OCTUBRE - NOVIEMBRE

  • Jueves 31 de octubre: Día no laborable decretado por el Gobierno.
  • Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.

DICIEMBRE

  • Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
  • Si bien el Gobierno no lo ha anunciado, se suele decretar el lunes como día no laborable, para que se convierta en fin de semana largo.
  • Miércoles 25 de diciembre: Navidad.

¿QUÉ ES UN DÍA FERIADO?

De acuerdo al Decreto Legislativo N° 713, los feriados nacionales que se pagan sin haber laborado son: Año Nuevo (01 de enero), Jueves y Viernes Santo (movibles), Día del Trabajo (01 de mayo), San Pedro y San Pablo (29 de junio), Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio), Santa Rosa de Lima (30 de agosto), Combate de Angamos (08 de octubre), Todos los Santos (01 de noviembre), Inmaculada Concepción (08 de diciembre) y Navidad del Señor (25 de diciembre). 

¿QUÉ ES UN DÍA NO LABORABLE?

A diferencia con los feriados, los días no laborables dependen del empleador. Los trabajadores que laboren esos días recibirán el mismo sueldo sin incrementos y los que no deberán compensar esas horas.

En el caso del sector público, las horas dejadas de trabajar deben ser compensadas en los días inmediatos posteriores o cuando lo disponga el titular de cada entidad. Mientras que en el sector privado dependerá del acuerdo entre el empleador y los trabajadores y podrá hacerse con horas extras, trabajo en días sábados o se puede considerar como parte de las vacaciones.