El agravante del delito de discriminación que plantea el Ejecutivo deberá ser aprobado por el Congreso. (Foto archivo referencial: Agencia Andina)
El agravante del delito de discriminación que plantea el Ejecutivo deberá ser aprobado por el Congreso. (Foto archivo referencial: Agencia Andina)

El envió al un proyecto de ley aprobado en el que sanciona con pena privativa de la libertad de dos a cinco años la discriminación en el ingreso, uso y disfrute de playas y otros bienes de dominio público.

El proyecto fue remitido en la víspera al Congreso mediante el oficio 014-2022 y lleva la firma del presidente de la República Pedro Castillo y la presidenta del Consejo de Ministros Mirtha Vásquez.

Esta propuesta del Ejecutivo pasa por modificar el artículo 323 del Código Penal, a fin de incluir como agravante del delito de discriminación e incitación a la discriminación, el impedimento de ingreso, uso y disfrute de playas.

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El proyecto agrega el siguiente texto al Código Penal: “Si el hecho se realiza para impedir el ingreso, uso y disfrute de playas y otros bienes de dominio público la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cinco años e inhabilitación conforme a los numerales 1 y 2 del ″.

Actualmente la norma establece pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de tres años.

El Código Penal también señala que en caso el agente actúe en su calidad de servidor civil o se incurra en el delito mediante actos de violencia física o mental, Internet u otro medio, la pena de cárcel es no menor ni mayor de cuatro años e inhabilitación.

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