Julio y diciembre son los meses preferidos para los trabajadores debido a que durante estas fechas reciben las gratificaciones. A continuación te contamos todo lo que debes tener en cuenta: si te corresponde es preciso calcular el monto que te toca y qué deberías hacer con este dinero extra.
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De acuerdo a la normativa, tienen derecho a percibir las gratificaciones los trabajadores del sector privado y algunos del sector público (siempre que su contrato lo establezca así).Asimismo, los trabajadores que tengan un contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial también tienen derecho a este beneficio.
¿Y los practicantes? Pues ellos no reciben este beneficio, muchos confunden la subvención adicional que se da cada 6 meses a los practicantes como una gratificación, pero no lo es. El aguinaldo que ellos reciben es de media subvención económica mensual.
¿Hay otras personas que no tienen derecho a este beneficio? Si, no tienen derecho a gratificación los trabajadores de la micro empresa, ni aquellos que trabajen menos de 4 horas diarias o 20 semanales.
Esto es muy fácil. La gratificación que se recibe en julio y diciembre es equivalente a una remuneración completa, pero siempre que el trabajador haya laborado 6 meses seguidos en la empresa.Si se ha trabajado menos tiempo, el trabajador recibirá un porcentaje de su sueldo dependiendo de cuando ingresó a trabajar.
Ten en cuenta que para la gratificación de Fiestas Patrias, la fecha límite que las empresas deben depositar este beneficio es el 15 de julio.
Este dinero extra definitivamente te dará liquidez antes de las Fiestas Patria, sin embargo lo mejor que puedes hacer con este dinero es lo siguiente: