El toque de queda se mantendrá como medida para menguar la tasa de contagios del COVID-19. (Foto: GEC)
El toque de queda se mantendrá como medida para menguar la tasa de contagios del COVID-19. (Foto: GEC)

En el contexto de la , el Gobierno dispuso una serie de medidas que rigen desde el 23 de agosto en todo el país. Entre las nuevas disposiciones destaca que Lima y Callao figuran en el nivel de alerta “moderado”.

El horario de toque de queda en las regiones de nivel alto y moderado se mantiene hasta el próximo 5 de setiembre. Además, el uso de los vehículos particulares los domingos no estará prohibido.

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La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitió, el fin de semana, un decreto supremo para extender la vigencia hasta el 5 de setiembre de las medidas restrictivas en el contexto de la pandemia del COVID-19. La anterior disposición venció el 22 de agosto y había sido emitida por el anterior Gobierno

¿A qué hora inicia el toque de queda?

De lunes a domingo el toque de queda (inmovilización social obligatoria) va de 12 a.m. (medianoche) a 4:00 a.m. del día siguiente.

Los domingos 1, 8, 15 y 22 de agosto se podrá utilizar los vehículos particulares. Recordemos que antes solo estaba permitido el uso del transporte público.

¿Qué sucede si no pago la multa por infringir el toque de queda?

Si no cancelas la multa en el Banco de la Nación en los 5 días hábiles posteriores a la fecha de tu sanción, tendrás que allanarte a las siguientes medidas:

No podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado.

No podrás recibir beneficios de ninguno de los programas estatales de apoyo económico, alimentario y sanitario, como indica el según el Decreto Supremo 008-2021-PCM.

Solo si puedes probar una causa justificada, la institución a la que te dirijas podrá atender tu solicitud mediante una decisión motivada.

Toque de queda: conoce las multas

De incumplir con lo dispuesto por el Gobierno recibirás una sanción económica aplicada por un integrante de la Policía Nacional del Perú (PNP). La multa puede ir desde los S/88.00 hasta los S/440.00, según el Decreto Legislativo Nº1458.

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