Durante la sesión no presencial, los magistrados Augusto Ferrero Costa (Vicepresidente), Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera participaron desde sus domicilios. (Foto Tribunal Constitucional)
Durante la sesión no presencial, los magistrados Augusto Ferrero Costa (Vicepresidente), Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera participaron desde sus domicilios. (Foto Tribunal Constitucional)

En el marco del cumplimiento del aislamiento social obligatorio, medida dispuesta por el Gobierno para evitar más contagios y muertes por el coronavirus (COVID-19) en el país, el pleno del sesionó por primera vez de manera virtual.

Durante la sesión no presencial, los magistrados Augusto Ferrero Costa (Vicepresidente), Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera participaron desde sus domicilios.

El Pleno, presidido por la magistrada Marianella Ledesma Narváez, abordó como primer punto un informe sobre las medidas que se han adoptado durante el estado de emergencia nacional, a consecuencia de la pandemia del coronavirus que afecta al país.

Luego escucharon la ponencia del magistrado José Luis Sardón de Taboada en el proceso de inconstitucionalidad (Exp. N° 0001.2019-PI/TC) promovido por 7.554 ciudadanos contra el Decreto Legislativo 1419, que modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y se procedió al debate del mismo.

Esta sesión concluyó con una votación de 4 votos a favor y 3 en contra. En tal sentido, al no alcanzar los 5 votos conformes para dictar sentencia, la norma se seguirá considerando como constitucional.

Asimismo, debatieron las demandas de inconstitucionalidad contenidas en los expedientes N° 0005-2019-PI/TC, interpuesto por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú contra el Decreto Legislativo 1314, que faculta a la Sunat a establecer que sean terceros quienes efectúen labores relativas a la emisión electrónica de comprobantes de pago y otros documentos y el N° 0008-2019-PI/TC, promovido por la Municipalidad Provincial del Callao contra la Ley 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao.

El Pleno del TC declaró infundadas ambas demandas de inconstitucionalidad con 6 votos a favor y uno en contra.