Emiten nueva regla sobre incineración (Hugo Curotto/GEC).
Emiten nueva regla sobre incineración (Hugo Curotto/GEC).

Ayer se publicó el Decreto Legislativo 1503, que dicta las acciones a tomar sobre el manejo de cadáveres por sospecha o casos de para así evitar su propagación.

La norma dispone que el cadáver que no tenga causa de muerte ni indicios de criminalidad según el Ministerio Público se presumirá que murió por agente infeccioso que generó la emergencia sanitaria, y que será cremado o inhumado.

Al respecto, el obispo auxiliar de Lima, monseñor Guillermo Elías, aseveró que, por temas higiénicos, la “permite la incineración del cuerpo pero hace un énfasis especial en el respeto y caridad hacia ellos enterrándolos en un lugar digno que mantenga un ambiente de oración por sus almas”.

Esta aseveración se alcanza a partir de dos documentos eclesiásticos: el ‘Catecismo de la Iglesia Católica’ (1992) e ‘Instrucción Ad resurgendum cum Christo’ (2016).

En el caso del segundo documento, este precisa que “las incineraciones de los cuerpos de los difuntos y que se pueden hacer en caso de razones higiénicas”.

Además, la norma dispuso que los cementerios deben reservar y habilitar un área para la inhumación en fosa común de cadáveres por agente infeccioso que generó la emergencia, en este caso, el .

VIDEO RELACIONADO:

Covid-19: América Latina y el Caribe superan los 300.000 casos de coronavirus

TE PUEDE INTERESAR:

Mira también:

TAGS RELACIONADOS