(Perú21)
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Redacción PERÚ21

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El Pleno del aprobó por 93 votos a favor el proyecto de ley que otorga por única vez, beneficios póstumos para los declarados héroes, y que no han percibido algún beneficio económico por parte del Estado.

La iniciativa del Poder Ejecutivo indica que al existir un grupo de bomberos que ofrendaron su vida en cumplimiento de su labor voluntaria, y a quienes los beneficios contenidos en las diferentes normas no les alcanzaron, se hace necesario reconocer dicho sacrificio.

La norma autoriza al Ministerio del Interior otorgar por única vez un monto equivalente a 50 UIT (S/202,500) y una pensión a favor de los hijos menores de edad, mayores de edad con discapacidad y/o mayores de edad que estén cursando estudios superiores de manera satisfactoria, y/o cónyuge o integrante sobreviviente de la unión de hecho declarada conforme a ley.

A falta de estos, los padres de los bomberos declarados héroes serán los beneficiados. El monto de los beneficios que se otorga se prorratea en partes iguales entre los beneficiarios y no tienen carácter hereditario, según explicó el presidente de la comisión de Defensa Nacional y Orden Interno, Javier Velásquez Quesquén.

La norma aprobada señala que el Poder Ejecutivo —mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Interior y a propuesta de este último— establecerá el monto de la pensión, su temporalidad, características y demás condiciones para su otorgamiento.

Por último, el congresista aprista manifestó que según el informe de la Dirección de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el número del personal declarados héroes fallecidos en actos de servicio durante el periodo 1994-2016 asciende a 12 efectivos, de los cuales solo tres han recibido apoyo del Estado.