(USI)
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La noche del pasado miércoles 11 de octubre, doce funcionarios —entre policías y serenos de — intervinieron a , una persona de 35 años, en presunto estado de ebriedad, por alterar el orden público.

El hecho fue registrado en un vídeo por su amigo de la infancia, Alejandro Flores, y compartido en redes sociales. Las imágenes revelan a Ivancovich reducido en el suelo, recibiendo golpes en el estómago por parte de un sereno de San Borja. En declaraciones a Perú21, Juan José Quispe, abogado de la familia de la víctima, señaló que los agentes deben ser procesados por el delito de tortura.

Contradicciones 

Según Hugo Niembro, el gerente de Seguridad Ciudadana de San Borja, Ivancovich ingresó a la comisaría y se desvaneció, siendo trasladado luego a una clínica. La Policía indicó que el joven no fue atendido en la Clínica de Especialidades Médicas “por un tema del SOAT” y fue derivado a la clínica Vesalio, donde, según los médicos, “llegó cadáver”.

En declaraciones a El Comercio, Alejandro Flores señaló que “cuando lo subieron [a Ivo] a la tolva del patrullero, él ya no reaccionaba. Era como un costal de papas. Pensé que se había desmayado”.

Según información brindada por la Clínica de Especialidades Médicas a  Susalud, publicada por El Comercio, un policía que se dirigió a la clínica dijo que Ivancovich había sufrido un accidente de tránsito. Pero esto era falso. En la Morgue Central de Lima se determinó que la causa de su muerte fue por un edema cerebral y pulmonar.

Juan José Quispe, el abogado de la familia de la víctima señaló a Perú21 que la versión de los policías resulta absurda porque no habría razón para presentar el SOAT si el joven Ivancovich llevaba su DNI al momento de los hechos y no había sufrido ningún accidente de tránsito. “Ahora la versión exculpatoria que están dando es que hubo confusión por parte del personal de salud de los centros asistenciales y de la Policía”, manifestó.

“Es sospechoso que la Policía haya ido cinco días después de lo sucedido y verifiquen que no hay cámaras. La Policía nos ha dicho que Serenazgo no tiene los vídeos, que no existen cámaras de vídeo en la calle Fleming donde se produjo la intervención, ni tampoco al frente de la comisaria”, sostuvo Quispe.

Ante estos hechos, la Fiscalía ha decidido abrir una investigación preliminar por el delito de tortura. La hipótesis que se maneja es que la Policía agredió violentamente al intervenido por resistirse.

¿Homicidio, tortura o lesiones?

En un inicio, el abogado Quispe evaluó denunciar a los efectivos por homicidio. Después de ver la carpeta fiscal, sin embargo, vio que el Ministerio Público abrió investigación preliminar solo por el delito de tortura agravada. El caso lo ve hoy la Fiscalía de Delitos Comunes.

Quispe adelantó a Perú21 que hoy viernes presentará un pedido para que sea remitido a la Fiscalía de Derechos Humanos. Precisó que al ser un presunto delito de tortura, la investigación debe estar en una fiscalía especializada.

El solo hecho de que los golpes hayan sido presuntamente generados por funcionarios —como los serenos y policías—, en el ejercicio de sus funciones, hace que no podamos hablar del delito de lesiones. La particularidad del delito de tortura es que quien “inflinge dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales” sea un funcionario o un privado que actúa con su consentimiento. Eso explica por qué la pena es más alta que el de lesiones.

Según los hechos hasta ahora revelados, el penalista César Nakazaki considera que deben analizarse tres factores para ver por qué delito podrían ser procesados los policías y serenos: (i) la proporcionalidad de la fuerza policial usada en la intervención, (ii) la causa de la muerte y (iii) el procedimiento policial.

Sobre el primer punto, señala que “si los ataques mortales se dan después de haberlo reducido [a Ivo], entonces se podría hablar de que existe un delito de tortura agravada”. La muerte de la víctima hace que el delito sea agravado y aumente la pena (entre 20 a 25 años).

Para afirmar ello, explica Nakazaki, debe considerarse la cantidad de policías y serenos y si la fuerza ejercida fue proporcional a la resistencia que opuso la víctima. Sobre el segundo elemento, mencionó que se debe establecer si los golpes recibidos en cierta zona del cuerpo generaron la muerte. “Los peritos del Instituto de Medicina Legal deben señalar las conclusiones a las que lleguen”, sostuvo.

Finalmente, sobre el tercer punto, es importante analizar el comportamiento policial posterior al incidente. “Sí incide el hecho de que la Policía primero haya dicho que murió por un accidente automovilístico y luego se diga que fue por edema pulmonar y cerebral”, explicó.

Además de analizar quién genera los golpes (un funcionario), Nakazaki señala que para calificar una conducta como delito de tortura, es necesario probar que todos tenían la “intención de castigar” y que todos los implicados participaron del castigo. La otra opción, señala el abogado, es denunciar por homicidio culposo si se considera que los agentes “no tenían intención de castigarlo” y la muerte se produjo por imprudencia de los agentes.

El penalista Iván Meini recordó que antes el delito de tortura regía con la finalidad de que la autoridad obtenga una confesión, y este año se modificó esta figura. “A pesar de ese cambio, la tortura es un comportamiento que implica maltrato”, agrega.

“La pregunta que la fiscalía debe hacerse es si la cantidad de policías frente a la víctima, el estado de indefensión de esta última, la contundencia y repetición de los golpes y la ubicación donde se propinaron, constituye una conducta que pone en riesgo la vida”, señala Meini. En su opinión, si la respuesta es sí, sería un delito de homicidio agravado (pena entre 15-35 años) y si es no, habría que determinar qué es lo que se pone en riesgo. “Tal como está redactado hoy el delito de tortura, pareciera que se busca proteger la integridad y, por tanto, la descripción se parece al de lesiones agravadas”, comentó.

Datos 

  • El lunes fueron citados todos los implicados para dar sus testimonios, pero solo se presentaron dos policías. 
  • Según el abogado de Ivancovich, en el Protocolo de Necropsia se incluirá que Ivo tenía los testículos dañados, -plantea la hipótesis que haya recibido descargas eléctricas-. También se incluirá que su cabeza estaba sumamente inflamada. Ello al margen de todas las lesiones que pudo haber tenido en el cuerpo.