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La Municipalidad de Bellavista aprobó la ordenanza Nº 015-2019-MDB a fin de prevenir, prohibir y sancionar el acoso sexual producido en espacios públicos del referido distrito.
La disposición, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, considera como acoso a la conducta manifestada a través de comentarios o insinuaciones de carácter sexual por una o más personas en contra de otras, vulnerando su dignidad, su libertad y su integridad física y moral.
Como medidas de prevención, el municipio realizará capacitaciones sobre la problemática del acoso sexual en espacios públicos a sus funcionarios, personal administrativo y miembros del serenazgo.
Estos últimos, con apoyo de la Policía, prestarán auxilio y protección inmediata a las víctimas de acoso sexual producidos en espacios públicos. Para ello, deberán planificar y ejecutar operaciones de patrullaje conjunto.
En tanto, la municipalidad dispondrá la colocación de carteles con la frase: “Se prohíbe realizar comportamientos físicos o verbales de naturaleza o connotación sexual que agravien a cualquier persona que se encuentre y/o transite por el distrito, bajo sanción de multa”.
Las personas que atenten contra la integridad de los transeúntes, serán sancionados con una multa económica que va desde el 20% hasta 1 UIT (S/4,200), según corresponda la infracción. Mientras que los establecimientos en ejecución que no coloquen los carteles de prevención, tendrán una multa del 50% UIT o la clausura temporal.
Para la denuncia, la comuna tomará en cuenta la declaración de la persona afectada, así como las pruebas aportadas, tales como grabación de video vigilancia, audios y testigo, entre otras. De esta manera, se determinará la el proceso sancionador al responsable del acoso sexual.