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Zeballos sobre Comisión Permanente: “No acaban de entender sus responsabilidades”

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Cambios y permanencias. (PCM)
Fecha Actualización
El presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, indicó que el Ejecutivo no tiene que brindar explicaciones ante la Comisión Permanente sobre los decretos de urgencia que emite, tal y como sostuvieron varios representantes de Fuerza Popular ante dicha instancia legislativa en el debate de este jueves 7 de noviembre.
Zeballos manifestó que el Gobierno informará sobre las labores que realice ante el nuevo Congreso, el cual también debe recibir un informe de la Comisión Permanente actual, según manifiesta la Constitución.
Reeditando lo dicho en la víspera por el presidente Martín Vizcarra, el premier comentó que “hay un grupo de personas que no acaba de entender sus responsabilidades en este nuevo escenario político. En el caso de la Comisión Permanente, el artículo 135º de la Constitución establece en este interregno cuáles son sus responsabilidades y funciones”.
En entrevista concedida a Radio Uno de Tacna, Vicente Zeballos también destacó que el propio Tribunal Constitucional (TC) ha reseñado “de manera precisa y cabal” la labor de la Comisión Permanente.
El TC, en su resolución de admisión a trámite de la demanda competencial que presentó Pedro Olaechea en contra de la disolución del Congreso, indica que “durante el interregno parlamentario” (disolución del Congreso), la Permanente sigue ejerciendo sus funciones, lo que no significa que esta tenga las facultades del pleno del Congreso, sino que se limita a lo dispuesto en el artículo 135 de la Carta Magna (tramitar los decretos de urgencia del Ejecutivo).
“Los decretos de urgencia no son carta libre pero están sujetos a revisión por parte del nuevo Congreso. La Comisión Permanente se limita a recibirlos, recepcionarlos y, si tienen un informe, se lo tienen que entregar al nuevo Congreso que se instale en el futuro”, aseguró.
Agregó que son “absolutamente exhaustivos” con todas las normas que están emitiendo, incluyendo la Ley de Presupuesto que se debe aprobar antes del 30 de noviembre.
“Apenas se instale el nuevo Congreso estamos obligados constitucionalmente a dar cuenta de los decretos de urgencia. Con la mayor predisposición, no solo iremos a dar cuenta de los Decretos de Urgencia, sino de todas nuestras actividades (en el interregno parlamentario)”, concluyó.