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JEE Lima Centro 1 excluye a candidato de Podemos por no informar que tiene una sentencia en su contra

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JEE Lima Centro 1 dispuso excluir a candidato de Podemos por no consignar información (GEC).
Fecha Actualización
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 dispuso excluir a Miguel Ángel Monge Arana de las elecciones generales 2021 por no consignar en su hoja de vida que tiene una sentencia penal en su contra por el delito de falsedad genérica. Monge postulaba al Parlamento Andino con el número 11 en el partido de José Luna y el candidato presidencial Daniel Urresti.
La resolución publicada esta mañana en el portal del JNE indica que Monge Arana no consignó en su hoja de vida la sentencia contenida en el expediente 2060-02 por el delito de falsedad genérica, cuyo estado es rehabilitado de una condena por 3 años.
Según precisa el fallo, el candidato al Parlamento Andino consignó en el Rubro IV-Relación de sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos que “no tiene información por declarar.
Ante ello, el personero legal de Podemos indicó que Monge no registra antecedentes penales y policiales, y por ello no debió mencionar la sentencia que se le impuso.
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Sin embargo, el JEE Lima Centro 1 considera que la omisión de información da lugar al retiro del candidato según lo dispuesto por la Ley Organizaciones Políticas.
“El Estado adoptó medidas legislativas para establecer la obligación de los candidatos a cargos públicos de elección popular deban declarar lo relativo a la imposición de sentencias condenatorias, con el objetivo de que esta información sea conocida por los electores como parte de un voto informado”, indica la resolución.
Ante estos considerandos, el JEE dispuso excluir al candidato Monge Arana de la lista de candidatos de Podemos al Parlamento Andino. Al tratarse de una resolución de esta instancia, esta puede ser apelada por el partido y llevada ante el Pleno del JNE que emitirá una decisión definitiva sobre este caso.
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