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ONPE: organizaciones políticas deben acreditar personeros de mesa de sufragio hasta el 8 de mayo

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que las 147 organizaciones políticas que participarán en las elecciones internas del 15 de mayo deben acreditar la relación de personeras y personeros de mesa de sufragio. El plazo vence a las 23:59 p.m. del 8 de mayo.

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Las elecciones internas se realizarán el próximo 15 de mayo con miras a los comicios regionales y municipales del 2 de octubre. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que las 147 organizaciones políticas que participarán en las elecciones internas del 15 de mayo deben acreditar la relación de personeras y personeros de mesa de sufragio. El plazo vence a las 23:59 p.m. del 8 de mayo.
Para hacerlo, las agrupaciones políticas deben ingresar al Registro de Elecciones Internas publicado en el sitio web del organismo electoral.
Según el artículo 21.1 del reglamento de las elecciones internas 2022, las personeras y los personeros no pueden tener la condición de candidata o candidato en los comicios.
La norma igualmente establece que el día de la jornada electoral, cada lista cerrada y bloqueada en competencia en las elecciones internas podrá también acreditar ante la propia mesa de sufragio a una personera o personero para supervisar el normal desarrollo de la votación.
Para este efecto, el reglamento precisa que la identificación de la personera o el personero ante la mesa de sufragio se hará por medio de la acreditación otorgada por el Órgano Electoral Central (OEC) de la organización política, la misma que debe estar acompañada del DNI, en caso lo soliciten los miembros de mesa, los funcionarios o autoridades electorales.
Asimismo, fija que personeras y personeros ante la mesa de sufragio tienen la facultad para presenciar la instalación, el sufragio y el escrutinio, de ser el caso. También suscribir las actas de instalación, sufragio y escrutinio, si lo desean.
La suscripción del acta correspondiente será efectuada según los mecanismos que la ONPE ponga al servicio de las personeras y los personeros de mesa. Los personeros tienen igualmente la facultad para obtener, a su solicitud, una copia del acta electoral.
Además, la ONPE ha publicado una cartilla de instrucciones para personeras y personeros de mesa, en la cual se puede conocer en detalle sus derechos durante la instalación, sufragio, el escrutinio, las prohibiciones, los tipos de votos, entre otra variada información de utilidad para ejercer el cargo.
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