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Corte IDH: Perú debe abstenerse de implementar la sentencia del TC que restituye indulto a Alberto Fujimori

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Perú que no acate el fallo del Tribunal Constitucional a favor de que Alberto Fujimori sea liberado al restituir su indulto. Esto significa que el expresidente permanecerá preso, cumpliendo sus sentencias por delitos de los casos Barrios Altos, La Cantuta, entre otros.

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Perú que no acate el fallo del Tribunal Constitucional a favor de que Alberto Fujimori sea liberado al restituir su indulto. Esto significa que el expresidente permanecerá preso, cumpliendo sus sentencias por delitos de los casos Barrios Altos, La Cantuta, entre otros.
Mediante un documento sobre la solicitud medidas temporales y supervisión de cumplimiento de las sentencias por los casos de Barrios Altos y la Cantuta, la institución resolvió en cinco puntos.
El primero se relaciona a la supervisión específica relativa al indulto del expresidente Alberto Fujimori por “razones humanitarias”, mediante la supervisión del cumplimiento de las obligaciones de investigar, juzgar y sancionar las violaciones a los derechos humanos por los casos antes mencionados.
En el segundo punto es donde se menciona que el Estado Peruano debería abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el pasado 17 de marzo de 2022, pues el indulto por “razones humanitarias” no cumple con las condiciones determinadas en la Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de 30 de mayo de 2018.
“Requerir al Estado del Perú´ que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 13 de mayo de 2022, un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos al indulto “por razones humanitarias” concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre de 2017", señala además el documento.
Asimismo, la Corte IDH dispuso que los representantes de las víctimas presenten sus observaciones al informe solicitado con un plazo de cuatro y seis semanas, contados desde la notificación del mencionado informe.
“Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, indica el quinto y último punto de la resolución.
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