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COVID-19: Niños mayores de 5 años con dos dosis podrán entrar a estadios, oficializa el gobierno

El Poder Ejecutivo oficializó este sábado 23 de abril el uso facultativo de mascarillas en aquellas regiones del país con el 80% de su población con las tres dosis de la vacuna contra el coronavirus (COVID-19).

Imagen
La norma señala que el uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio para todos los grupos etarios que acudan a estadios y coliseos. (Foto archivo referencial Andina)
Fecha Actualización
El Poder Ejecutivo oficializó este sábado 23 de abril el uso facultativo de mascarillas en aquellas regiones del país con el 80% de su población con las tres dosis de la vacuna contra el coronavirus (COVID-19).
En el mismo Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM, publicado en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, también se oficializa cuáles son los requisitos de vacunación para el ingreso a estadios y coliseos de personas mayores de 5 años de edad.
Ingreso a estadios y coliseos
El artículo 7 del referido decreto dispone que solo podrán ingresar a los coliseos y estadios deportivos los mayores de 5 años que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19, requiriéndose adicionalmente la tercera dosis para los mayores de 18 años.
En todos los casos es obligatorio el uso permanente de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela)”, agrega este artículo.
Uso facultativo de mascarillas
Cabe recordar que la referida norma oficializa el uso facultativo de mascarillas en regiones con 80% de tres dosis de vacunas.
“En los departamentos que tengan el 80% de cobertura de vacunación contra la COVID-19 de personas de 60 años a más con 3 dosis y el 80% de cobertura de vacunación contra la COVID-19 de personas de 12 años a más con 2 dosis, es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos, siempre que se garantice el distanciamiento físico o corporal, medidas que podrían modificarse de acuerdo con el contexto epidemiológico”, dice la norma.
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