/getHTML/media/1229342
Nicolás Yerovi: "Celebramos la sobrevivencia"
/getHTML/media/1229339
Fernán Altuve: "¿Presentar candidato de 87 años se puede considerar estabilidad?"
/getHTML/media/1229338
Orgullo de ser peruano: ¿Qué nos hace sentirlo?
/getHTML/media/1229336
Nancy Arellano sobre Elecciones en Venezuela: "Esta no es una elección tradicional"
/getHTML/media/1229265
Zelmira Aguilar: "Alejandro Villanueva creó el estilo de juego de Alianza y Selección"
/getHTML/media/1229195
Cherman: "Quien me quiebra el lado patriótico fue Juan Acevedo con Paco Yunque"
/getHTML/media/1229190
Marco Poma CEO de Tkambio: "Perú está atrasado en materia de 'open banking'"
/getHTML/media/1229009
Javier Arévalo, escritor: "Sin bibliotecas, el hábito de leer no nace en los niños"
/getHTML/media/1228674
Mujeres Aymaras sorprenden con su arte en Desfile de Modas
PUBLICIDAD

El plazo en la ley…

Imagen
Enrique Cornejo llegó acompañado de su abogado. (César Campos)
Fecha Actualización
El fin de semana pasado, Enrique Cornejo tuiteó que seguiría con su “firmatón” para inscribir a su movimiento Contigo Ciudadano y así participar en las elecciones municipales de este año.
Al parecer, el ex ministro aprista no ha leído con detenimiento la Ley N° 30673 ni las resoluciones del JNE. Por ejemplo, la ley en cuestión señala de forma expresa que la organización que desee participar en las elecciones municipales de octubre deberá estar INSCRITA en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE (ROP-JNE) como máximo a la fecha de la convocatoria al proceso electoral, es decir, el 10 de enero pasado.
Si el mandato expreso de una ley no fuese suficiente, el ROP-JNE, a través de la Resolución N° 422-2017-DNROP/JNE, absolvió una consulta formulada por la agrupación Contigo Ciudadano y les comunicó que, según la Ley N° 30673, solo las organizaciones que estén INSCRITAS como máximo al 10 de enero de 2018 podrán participar en las próximas elecciones municipales.
Asimismo, el pleno del JNE, a través de la Resolución N° 005-2018-JNE, declaró improcedente el recurso de apelación, presentado por el movimiento que lidera Enrique Cornejo, contra la resolución del ROP-JNE. El razonamiento jurídico del máximo ente electoral fue que no se puede impugnar una resolución informativa que lo único que hizo fue reproducir el texto de la Ley N° 30673.
Finalmente, no deja de ser cierto que Contigo Ciudadano podrá seguir su procedimiento ante el ROP-JNE y obtener su anhelada inscripción en febrero, marzo, abril o mayo de este año. Empero, ello no les valdría para participar en las elecciones municipales de octubre; salvo que puedan retroceder en el tiempo e inscribirse como máximo en la fecha que dispuso la Ley N°30673. Tampoco descartemos alguna interpretación auténtica de último minuto.
P.D. José Luna consiguió las firmas e inscribió a su partido. ¿Por qué Verónika Mendoza no puede hacer lo propio? #DigoNomás.