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Modifican norma para mejorar accesos de personas con discapacidad a edificaciones

Los ajustes y precisiones técnicas se verán reflejados en pasamanos, ascensores, zonas de atención, teléfonos públicos, servicios higiénicos, cubículos sanitarios y estacionamientos accesibles.

Imagen
Lo que se busca es beneficiar a personas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida. (GEC)
Fecha Actualización
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento informó de la modificación de las normas técnicas en edificaciones a fin de mejorar el desplazamiento y el uso de los espacios públicos para personas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida.

Dicho sector señaló que la norma, modificada a través de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico, tiene como propósito fortalecer las condiciones de autonomía y usabilidad en edificaciones que presten atención y acceso al público, de propiedad pública o privada, y en áreas de circulación común en edificaciones residenciales.
Los ajustes y precisiones técnicas se verán reflejados en pasamanos, ascensores, zonas de atención, teléfonos públicos, servicios higiénicos, cubículos sanitarios y estacionamientos accesibles. También se agregan definiciones de señalización podotáctil para personas con discapacidad visual, accesibilidad universal y personas con movilidad reducida.
"El compromiso del Gobierno peruano, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es dar la normatividad adecuada para que tengamos un mundo en donde exista igualdad en materia de accesibilidad, donde todas las personas podamos desarrollarnos de manera igualitaria, con acceso a servicios públicos y edificaciones de manera segura, cómoda y, sobre todo, velando porque el derecho a la accesibilidad se cumpla", señaló el ministro Miguel Estrada Mendoza durante la inauguración de la conferencia "Capacitación en Accesibilidad Universal".
-Accesibilidad-
El Ministerio de Vivienda señaló que la norma técnica A.120 garantiza que restaurantes y cafeterías tengan espacios accesibles. En lo que se refiere a hospedaje, debe existir por lo menos el 2% del total de habitaciones accesibles, es decir, como mínimo debe haber una habitación disponible.
Asimismo, se agregan especificaciones para las repisas, cajones, cajas de seguridad, armarios, tomacorrientes e interruptores y controles de temperatura ambiental. En el caso de casas, las especificaciones son para tener baños accesibles, espacios de giro y mobiliario.
En lo que se refiere a rampas, la norma precisa que las barandas y los pasamanos deben ocupar más del 15% de ancho; en el caso de plataformas elevadoras se hace hincapié en la altura de las puertas o barreras, incluyendo el espacio necesario para el giro de la silla de ruedas, al ingreso y salida.
En los servicios higiénicos se enfatiza en el diseño y distribución de los aparatos sanitarios, respetando las medidas de las sillas de ruedas y el giro de la puerta. También se debe tener en cuenta las alturas mínima y máxima de sanitarios y accesorios, con señaléticas informativas y de advertencia.
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