Los trabajadores del sector público que mantengan una deuda por pensión de alimentos y que no hayan autorizado el respectivo descuento de sus salarios estarán expuestos a que se les resuelva el contrato.
Quienes estén inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, deberán firmar –en un plazo máximo de 60 días hábiles– dicha autorización.
Así lo establece un decreto legislativo –publicado hoy en El Peruano– el cual busca fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes en el Perú.
En el caso de las empresas privadas, los deudores podrán establecer condiciones de mutuo acuerdo con sus empleadores.
El padre solo podrá oponerse a autorizar dicho descuento si acredita que ha cumplido con el pago total de la deuda por pensión de alimentos.
Por otro lado, la norma prohibe a los medios de comunicación publicar la identidad o la imagen de los padres o tutores de los menores que sean autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito, o que sean víctimas de los mismos.