Anuel AA fue denunciado en 2018 por una modelo puertorriqueña y dos años después se ha dado una declaración sobre esto (Foto: Instagram)
Anuel AA fue denunciado en 2018 por una modelo puertorriqueña y dos años después se ha dado una declaración sobre esto (Foto: Instagram)

En 2018, estrenó la canción “Intocables" que era un mensaje directo para Cosculluela y en medio de la letra mencionó a “La Taína” e hizo alusión a su condición de Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH). Esta situación hizo que la exmodelo puertorriqueña tome acciones legales contra el trapero por daños emocionales y mentales.

La “tiradera” le generó más de un problema al cantante urbano, ya que luego de esto se tuvo que retractar y pedir disculpas a todos los personajes que mencionó en la canción, sin embargo, esto no lo salvó de ir hasta los tribunales por la demanda de 5 millones de dólares que le impuso Noris Díaz.

Pero luego de dos años, la demanda que la exmodelo Noris Díaz “La Taína” que le interpuso al reguetonero Anuel AA fue desestimada por el juez federal Raúl Arias y aquí te explicamos lo que ha sucedió con este caso.

¿POR QUÉ FUE DENUNCIADO ANUEL AA?

La demanda presentada en el Tribunal Federal de Puerto Rico contra Emmanuel Gazmey Santiago, nombre del trapero, alegó difamación contra Díaz ya que el tema la representa como una mujer promiscua que contrajo la enfermedad el HIV por tener sexo anal indiscriminado con muchos hombres. El recurso legal fue sometido en octubre de 2018.

En ese mismo documento se establecieron más acusaciones, además de difamación, incluyeron invasión de la privacidad por falsas implicaciones que le causaron daño a la modelo.

Cuando esta situación estalló, diversas activistas de derechos humanos y de la comunidad gay censuraron al trapero por atacar a los pacientes de HIV.

¿QUÉ PASÓ CON LA DEMANDA QUE LE INTERPUSO TAÍNA?

El juez federal Raúl Arias desestimó, con perjuicio, la demanda presentada en octubre de 2018 por la exmodelo Noris Díaz Pérez, mejor conocida como “La Taína”, en contra de Anuel AA.

Arias subrayó que la demanda carece de una alegación de “malicia real” en el proceder del trapero, lo cual es un elemento esencial de envergadura constitucional que aplica a una figura pública. Es decir que, en su reclamo, Díaz Pérez no alegó que la expresión artística del cantante se hizo con “malicia real” en un intento de causar daño.

También mencionó que en la solicitud de desestimación, Emmanuel Gazmey Santiago, nombre de pila del artista, afirma que en su tema “Intocable” no se refiere a la ciudadana Noris Díaz, sino a la figura pública “La Taína”. De esta forma, sentenció que el estándar sobre difamación contra una figura pública requiere el elemento de “malicia real”, que no fue debidamente atendido en la demanda. Por consiguiente, tampoco procede el reclamo de invasión a la intimidad, por tratarse de una figura pública.

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