Las ventas de las viviendas podrían verse afectadas si se aprueba el dictamen de una propuesta legislativa que está pendiente de atravesar por su segunda votación en el .

Se trata del Proyecto de Ley Nº 1112-2016-CR, de la congresista de Nuevo Perú .

En el artículo 6 de este se plantea que los reserven al menos el 8% de la oferta de viviendas en sus proyectos para atender la demanda de quienes resulten afectados por fenómenos naturales.

Sin embargo, el planteamiento podría ser negativo para la venta de inmuebles, debido a que obligaría a los desarrolladores a retrasar ventas.

Además, la redacción propuesta no sería clara. Así lo explica el presidente de la Asociación de Empresas Inmobiliarias (ASEI), Rodolfo Bragagnini.

“Si tengo que dejar el 8% en reserva, quiere decir que no puedo vender el 8% de las viviendas. ¿Entonces no voy a tener utilidad en ese proyecto? No se entiende. ¿Se va a encarecer el producto? ¿Voy a tener que trasladar mi gasto y utilidad a otros proyectos? ¿Quién pagará el mantenimiento de lo construido? Pueden darse miles de interpretaciones. Se tiene que aclarar la norma”, aseguró el empresario.

El coincidió en que el documento requiere algunas precisiones. La principal apunta a que las reservas no superen el 8% de la oferta de viviendas por proyecto.

“Esto es algo que voy a proponer en el momento de la segunda votación”, adelantó a Perú21 y agregó que la medida solo debería activarse si se da una declaratoria de emergencia.

Dato
En diciembre, el congresista César Segura (FP) pidió modificar el texto del artículo 6.

Planteó que el 8% de reserva de viviendas para damnificados aplique para los nuevos proyectos que se desarrollen por transferencias de terrenos (estatales o privados) a inmobiliarias mediante concursos públicos. Ese 8% sería comercializado mediante el Fondo Mivivienda.