Utilidades
Utilidades

El pago de utilidades es un derecho laboral reconocido en la Constitución Política del Perú, que se paga cada año dentro de los 30 días después de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del . No obstante, no todos los trabajadores acceden a este pago adicional, ya que deben cumplirse ciertos supuestos.

En ese sentido, Aymé Límaco, jefa del área laboral de Cuatrecasas, señala que el derecho a la participación de utilidades consiste en que los trabajadores acceden a un porcentaje de las ganancias netas (es decir, las ganancias de la compañía menos la suma de inversiones e impuestos generados durante un año) que percibe la empresa.

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Hay empresas que al finalizar el año no perciben ganancias netas y, en consecuencia, no hay utilidades para repartir. También puede darse el caso que sí hayan percibido ganancias, pero la empresa opta por reinvertir ese dinero”, detalla Aymé.

Asimismo, la abogada precisa que otro requisito para que los trabajadores accedan al derecho de reparto de utilidades es que laboren en empresas que generan rentas de tercera categoría y que cuenten con más de 20 trabajadores en promedio en el ejercicio computable.

Es importante mencionar que están exentas del reparto de utilidades las empresas individuales, comunales, autogestionarias, microempresas, cooperativas y sociedades civiles”, resalta Aymé.

El derecho a la participación de utilidades consiste en que los trabajadores acceden a un porcentaje de las ganancias netas que percibe la empresa.
El derecho a la participación de utilidades consiste en que los trabajadores acceden a un porcentaje de las ganancias netas que percibe la empresa.

Caso de extrabajadores

Para quienes cumplen con todos los criterios antes mencionados, pero que dejaron de laborar en la empresa antes de la fecha en la que se distribuyen las utilidades, Aymé afirma que sí tienen derecho a cobrar el monto que les corresponda.

Este cobro lo pueden hacer, incluso, hasta cuatro años después de extinguida la relación laboral. Para ello, los extrabajadores deben solicitarlo expresamente a sus anteriores empleadores”, precisa la abogada.

Si la empresa no cumple con el pago de utilidades, puede ser sancionada por SUNAFIL con multas que pueden ir hasta S/129,294.

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