Utilidades 2021: ¿qué son, cómo se pagarán y hasta cuándo tienen las empresas para hacerlo?

Sepa aquí todos los detalles sobre el próximo pago de utilidades que realizarán las empresas en beneficio de sus trabajadores.
Conozca en esta nota todo lo que debe saber sobre el pago de las utilidades en 2021. (Foto: GEC)

La participación en que consiste en destinar un determinado porcentaje de las rentas de una empresa para que sean repartidas entre su personal.

Conozca en esta nota todos los detalles sobre el reparto de utilidades para este 2021, desde cómo se calcula, a quiénes les corresponde y las fechas en las que se hará efectivo el pago, según Alicia Jiménez, asociada principal del estudio PPU.

MIRA: Utilidades 2022: ¿Desde cuándo se podrá cobrar este beneficio y cómo puede calcularlo?

¿Quién debe repartir utilidades?

Empleadores con (i) más de veinte (20) trabajadores, (ii) que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría, según la Ley de Impuesto a la Renta, y (iii) que hayan generado renta en el ejercicio previo.

No reparten utilidades las cooperativas, las entidades sin fines de lucro, las Empresas autogestionarias y las sociedades civiles y todas las Empresas que no excedan de veinte (20) personas en planilla.

¿Cuánto se reparte?

La suma a repartirse es un porcentaje que se aplica sobre el saldo de la renta imponible del ejercicio gravable que resulte después de haber compensado pérdidas de ejercicios anteriores. Según la actividad que realice la Empresa los porcentajes son:

En caso las empresas desarrollen más de una actividad, se toma en cuenta la que generó mayores ingresos brutos en el ejercicio.

¿A quiénes se le entrega?

El personal que tuvo vínculo laboral (planilla) durante el ejercicio en que se generó el beneficio, incluso aquellas personas que a la fecha de pago hayan cesado en el empleo.

¿Cómo se reparte?

El porcentaje se distribuye conforme a las siguientes reglas:

Sobre los días laborados por cada trabajador/a:

El límite máximo que puede recibir cada trabajador/a es dieciocho (18) remuneraciones mensuales (la vigente al cierre del ejercicio).

¿Cuándo se reparte?

Dentro de los 30 días naturales de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (abril y mayo de 2022)

La falta de pago oportuno genera intereses moratorios, salvo en el caso del personal cesado.

¿Cómo saber la forma de cálculo?

Se debe entregar a cada trabajador/a una Liquidación de Pago de Utilidades, cuyo contenido mínimo es el siguiente:

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