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Trabajadores independientes obtendrán deducciones en el IR por el cobro de sus labores

Para calcular el IR, los trabajadores ahora podrán deducir como gasto de sus rentas de trabajo el 30% del importe pagado por los servicios prestados.

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Fecha Actualización
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Decreto Supremo N° 248-2018-EF, modificó el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) respecto a las deducciones de los gastos de trabajadores de cuarta y quinta categoría.
En tal sentido, los trabajadores independientes ahora podrán deducir como gasto de sus rentas de trabajo el 30% del importe pagado por los servicios prestados desempeñados mediante su profesión u oficio para el nuevo cálculo del IR.
El Ejecutivo ha eliminado el requisito de bancarización de las transacciones por importes menores a S/ 3,500 o US$ 1 000. para promover las nuevas deducciones.
“Ahora será mucho más sencillo deducir los gastos que realizan los trabajadores que pagan impuesto a la renta, además de generarse el incentivo para que las personas soliciten sus recibos para poder deducirlo", indicó el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.
El MEF señaló que alrededor de dos millones de trabajadores se podrán beneficiar de la deducción de gastos, a la vez que se promoverá la formalización del sector laboral.
El Gobierno también amplió la lista de servicios de profesionales u oficios que estarán afectos a las deducciones por gastos para el pago del IR por lo que finalmente todas las profesiones y oficios podrán ser deducibles.
Hasta antes de la normativa publicada hoy en el diario El Peruano, eran solo 13 las profesiones y oficios deducibles de gasto.
Según la normativa, los cambios entrarán en vigencia a partir del 1 de enero del 2019.