Mañana finaliza el cronograma de la Declaración de Renta 2022. (Foto: GEC)
Mañana finaliza el cronograma de la Declaración de Renta 2022. (Foto: GEC)

Mañana, martes 11 de abril, finaliza el cronograma de la Declaración de Renta 2022, que deben presentar un millón y medio de contribuyentes, entre personas naturales y empresas, de acuerdo con el último dígito de su número de RUC, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ().

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Hasta la fecha, más de un millón 327 mil contribuyentes ya presentaron su Renta 2022, de manera rápida y sencilla, utilizando un teléfono celular, tras haber descargado previamente el APP Personas o ingresando al portal especializado .

Del total de declaraciones presentadas, el 43% corresponden a personas naturales y el 57% a empresas.

El día de hoy, lunes 10 de abril, deben presentar la declaración quienes tengan como último dígito de su RUC el número “9″ y mañana los Buenos Contribuyentes y aquellos que no están obligados a inscribirse en el RUC.


Trámite 100% digital

El trámite es 100% digital y puede hacerse sin salir de casa. Incluso, la SUNAT pone a disposición de los contribuyentes el archivo personalizado que contiene información precargada de sus ingresos, retenciones y deducciones, que se puede confirmar o modificar de ser el caso, simplificando todo el proceso.


Personas naturales

Las personas naturales pueden presentar su declaración desde su celular, utilizando el APP Personas, o mediante una computadora, a través de renta.sunat.gob.pe, en un procedimiento sencillo que dura pocos minutos.

En ese mismo momento, en caso tenga un saldo a favor del Impuesto a la Renta, puede solicitar la devolución respectiva; y si debe regularizar, puede pagar la deuda correspondiente, con cualquier tarjeta de debido, crédito o Yape. También puede aplazarla o fraccionarla, si así lo estima necesario.


Empresas

De manera similar, la declaración para las empresas también se realiza vía internet mediante el formulario virtual 710, que contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) efectivamente pagado. Cabe precisar que, estos contribuyentes también pueden fraccionar y/o aplazar su deuda, en caso tengan impuestos por pagar.


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