La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió el Reglamento de Capitalización Inmobiliaria, mecanismo de financiamiento para acceder a una vivienda que entrará en vigencia el próximo 1 de setiembre.
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De acuerdo con la resolución SBS 3716-2016, dicha modalidad implica el pago de cuotas periódicas por una vivienda. Dichas cuotas estarán conformadas por el alquiler y los aportes a la cuenta de capitalización individual. Además, la cuota de alquiler incluirá también el pago de intereses.
Asimismo, el arrendatario o cliente tendrá la opción de comprar el inmueble por un valor pactado, lo cual deberá ser cubierto con la capitalización individual.
CUENTA DE CAPITALIZACIÓNSe trata de una cuenta de depósito a nombre del arrendatario, donde se acumularán los abonos periódicos que realiza y que constituyen el aporte a la capitalización individual.
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Dichos abonos servirán para pagar la vivienda cuando se decida la compra y pueden estar sujetos al pago de intereses a favor del cliente.
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