Sede el banco Nuevo Mundo en San Isidro. (Internet)
Sede el banco Nuevo Mundo en San Isidro. (Internet)

Redacción PERÚ21

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El Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (), con sede en Washington, desestimó una demanda de US$6,990 millones, interpuesta por la señora Renée Rose Levy contra el Estado peruano, por supuestas irregularidades cometidas en la intervención del Banco Nuevo Mundo.

Cabe señalar que el 5 de diciembre de 2000, el Banco Nuevo Mundo (BNM) fue intervenido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP(), en estricto cumplimiento de las leyes que regulan el sistema financiero en el Perú.

La señora Levy, a través del señor Jacques Levy Calvo, presentó una solicitud de arbitraje contra el Perú, el 18 de junio de 2010, ante el CIADI, alegando violaciones al Tratado Bilateral de Inversiones celebrado entre Perú y Francia, supuestamente generadas como consecuencia de la referida intervención del BNM.

El Tribunal Arbitral, en su laudo notificado a las partes el 26 de febrero pasado, desestimó íntegramente los argumentos de la señora Levy, y señaló que no cabe imputar al Perú ninguna responsabilidad internacional por este caso, porque fueron los propios incumplimientos de la normativa bancaria por parte del BNM y la negligencia de sus funcionarios, lo que acarreó la intervención de la SBS.

A juicio del Tribunal Arbitral, los manejos realizados por los funcionarios del BNM fueron evidentemente contrarios a las mejores prácticas bancarias y violatorios de la normativa peruana sobre esta materia.

Asimismo, el laudo destaca el rol que tuvo la SBS en advertir al BNM los riesgos que asumía y en sancionar al banco por el incumplimiento de normas prudenciales y contables.

Finalmente, pese a las reiteradas alegaciones de la señora Levy, cuestionando la actuación de la SBS en este caso, el Tribunal Arbitral concluyó que no existen razones para dudar sobre la idoneidad e integridad de los funcionarios de la SBS.

El Estado peruano contó con la representación del estudio internacional Sidley Austin LLP de Washington, DC, y el Estudio Navarro Abogados de Lima.

Este fallo constituye un resultado favorable para el Estado peruano y es una muestra de que el Perú es un país que respeta las inversiones, los tratados y compromisos asumidos con los inversionistas nacionales y extranjeros.