La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) declaró este lunes la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Intercrédito Perú LTDA. A través de la Resolución SBS N° 03416-2024, el organismo determinó que la cooperativa se encontraba incursa en causal de inactividad.
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La norma establece que queda prohibido "iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo", así como "perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra".
Además, también se prohíbe constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen; hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros; y constituir medida cautelar contra sus bienes.
A través de la resolución se designa a Gaby Luz Ruiz Delgado y Leonardo Rojas Huancahuire como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Intercrédito Perú LTDA. en disolución.
En ese sentido, se les otorga facultades para "realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución" de la cooperativa.
Los administradores podrán inscribir la resolución que declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Intercrédito Perú LTDA. en el Registro Público correspondiente.
También podrán tomar inmediata posesión de la totalidad de los bienes de la cooperativa en disolución, ordenando que se les entreguen los títulos, valores, contratos, libros, archivos, así como cualquier otro documento y cuanto fuere de propiedad de esta; así como suscribir las actas que contengan la transferencia de estos bienes.
Y podrán elaborar, desde la declaración de la disolución, el estado de situación financiera, el estado de resultados y otro resultado integral correspondiente, de conformidad con las disposiciones pertinentes emitidas por esta Superintendencia.
La norma fue firmada por SergioJavier Espinosa Chiroque, superintendente de la SBS.
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