Como ya lo habían anunciado, la oficializó ayer que las cooperativas de ahorro y crédito deberán inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Coopac) a partir del 1 de enero.

La clasificación se dividirá en tres niveles. En el nivel 1 estarán las Coopac que tengan activos por hasta 600 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

En el nivel 2, las que posean ente 600 y 65 mil UIT, mientras que en el 3er nivel se agruparán las que presenten más de 65 mil UIT. 

En ese contexto, cabe indicar que el superintendente adjunto de la SBS, destacó que el proceso tendrá un plazo de prórroga que se especificará en el reglamento de la norma. Las cooperativas que no se registren no podrán operar en el mercado.

El Registro Nacional permitirá a la SBS conocer cuántas Coopac existen y su real dimensión. Actualmente, no existe un registro formal e integral de estas entidades, por lo que no es factible determinar su número total a nivel nacional. Así, de las 671 Coopac conocidas e informada por a diciembre del año 2017, solo 151 se encontraban supervisadas por dicha federación; y apenas 82 estaban afiliadas al referido gremio.