SBS busca elevar ahorros de afiliados a las AFP

El impacto sería mayor en las personas de entre 30 y 50 años, según el gerente de Prima AFP.Nuevo mecanismo Facilitaría aportes voluntarios a través de consumo de bienes y servicios.

Actualización 24/08/2019 – 8:41

Jubilados reciben baja pensión. (ANDINA/Imagen referencial)

El proyecto de ley establece ocho criterios en los cuales la ONP debe allanarse en los procesos judiciales para hacer efectivo el pago a jubilados. (Foto: USI)

Jaime Vargas

AFP: Presentan nuevas opciones de inversión para jubilados y público en general. (USI)

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) podrían acordar con empresas de servicios y consumo masivo, para que, a través de ellas, los beneficiarios que hayan dejado de aportar a sus cuentas de capitalización, puedan hacerlo de forma voluntaria y así elevar sus niveles de ahorro.
La propuesta, planteada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), fue publicada con el fin de recibir comentarios y aportes antes de presentarla como norma.

La medida consiste en lo siguiente: los afiliados podrían comprar bienes y servicios con descuentos o promociones a las empresas que tengan convenios con las AFP para dicho fin. El afiliado pagaría el monto total del producto o servicio y la parte correspondiente al descuento se depositaría como ahorro en la cuenta de capitalización individual como aporte voluntario sin fin previsional.

Jaime Vargas, gerente comercial de Prima AFP consideró que el proyecto aportará a que las familias incrementen el ahorro de manera simple
Para Vargas, los afiliados que tengan entre 30 y 50 años serían los principales beneficiados con esta medida, pues “son los que mayores niveles de consumo tienen en nuestra sociedad”. Esto, explicó, también dependerá del tipo de alianzas comerciales que firmen las diferentes AFP.

SABÍA QUE

– Los aportes sin fin provisional son una alternativa de ahorro personal, pero no tiene el objetivo obtener una mejor pensión de jubilación.

– Además, no están sujetos a una cantidad mínima de aporte ni a plazos definidos.

– Al ser retirados, están sujetos al pago de Impuesto a la Renta, y son embargables.

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