Osiptel señaló que Claro realizó la contratación de 109,656 servicios públicos móviles sin utilizar el sistema de verificación biométrica. (Foto: GEC)
Osiptel señaló que Claro realizó la contratación de 109,656 servicios públicos móviles sin utilizar el sistema de verificación biométrica. (Foto: GEC)

El redujo una multa impuesta a la compañía América Móvil Perú S.A.C. (Claro) al haber declarado fundado en parte el recurso de apelación que presentó la empresa.

A través de la Resolución Nº 03-2019-CD/OSIPTEL, el ente regulador modificó el monto de la multa por un caso de venta de líneas sin haber realizado la verificación biométrica de huella dactilar, pasando de S/571,200 (136 UIT) a S/507,360 (120.8 UIT).

El consejo directivo de Osiptel notificó a Claro, en un primer momento, que durante el periodo del 01 de octubre de 2015 al 07 de junio de 2016, contrató y activó más de 10 líneas a 4,782 abonados, conformando un total de 109,305 líneas, sin que se haya utilizado el sistema de verificación biométrica de huella dactilar.

La multa por el incumplimiento del primer párrafo del artículo 11º-E tipificada en el artículo 4º del Anexo 5 del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (TUO) ascendía, en el 2017, a  S/1.4 millones

El artículo señala que "en caso el abonado sea persona natural y cuente con diez (10) servicios públicos móviles bajo su titularidad y decida contratar uno o más servicios, sea bajo la modalidad prepago, control o postpago, en una misma empresa operadora, únicamente podrá realizar la contratación del servicio en las oficinas o centros de atención de la empresa operadora, utilizando el mecanismo del sistema de validación biométrica de huella dactilar para validar la identificación del abonado contratante".

Osiptel señaló que la mencionada resolución agota la vía administrativa, y la empresa no podrá presentar otro recurso en esta vía.